Acerca de Ophtha

    Nuestra Empresa

    Nuestra Empresa

    OPHTHA es un laboratorio oftalmológico fundado en Colombia en 1993 que comercializa productos de uso oftálmico. Su sede principal está en la ciudad de Medellín, Colombia y tiene presencia en todo el territorio colombiano, peruano, guatemalteco y chileno. Ha logrado la vinculación de más de más de 6.000 prescriptores que confían sus pacientes a la calidad de nuestros productos, lo que garantiza una alta credibilidad y confianza al servicio de la oftalmología.

    Nuestro posicionamiento nos consolida como un laboratorio colombiano con gran proyección internacional. Contamos con un vademécum de productos elaborados con alta tecnología que asegura el cumplimiento de los estándares de calidad, efectividad y confianza. OPHTHA en la actualidad cuenta con más de 30 productos, algunos exclusivos para diferentes terapias, con última generación de moléculas para tratamientos oculares importantes. Especialidades Oftalmológicas S.A., es una entidad de carácter privado. Su principal actividad se centra en comercializar y distribuir productos oftalmológicos para todos los pacientes que requieran de un tratamiento ocular específico.

    Todo esto dentro del marco de la legislación vigente, los requisitos de nuestros prescriptores (oftalmólogos, optómetras y médicos generales) y las necesidades y expectativas de nuestras partes interesadas. El mayor capital de OPHTHA es el amplio y profundo conocimiento que posee con relación a su actividad, fruto de la experiencia de muchos años y a un continuo proceso de actualización, investigación y capacitación a su personal.

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    Misión | Visión

    Misión | Visión

    MISIÓN
     
    Somos un laboratorio farmacéutico Colombiano con presencia desde 1993 a nivel nacional e internacional, desarrollamos y comercializamos productos de uso oftalmológico, que preservan la salud de las personas y que son desarrollados con atributos de diferenciación que cuidan la estructura ocular y poseen alta tolerabilidad.
     
    Fomentamos una cultura basada en el respeto y orientada al desarrollo personal y profesional de nuestros colaboradores.
     
    Enero 2023
     
    VISIÓN
     
    En el 2028 OPHTHA busca posicionarse como un reconocido laboratorio oftalmológico por la calidad de sus productos, su proyección internacional y su amplio portafolio de productos oftálmicos de uso humano y veterinario, por medio de alianzas y estrategias comerciales, que permitan dar solución a cada tipo de necesidad.
     
    Enero 2023
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    Política de Gestión Integral

    Política de Gestión Integral

    En OPHTHA desarrollamos y comercializamos productos de uso oftalmológico, orientados a preservar la salud y a disminuir los efectos secundarios derivados de su uso, nos comprometemos a:
     
    • Cumplir las necesidades y expectativas de las partes interesadas
    • Cumplir los requisitos legales aplicables
    • Establecer controles y verificar la eficacia que permitan promover la ética y transparencia en nuestras actividades, prevenir la corrupción y soborno.
    • Promover el uso seguro de las tecnologías de información.
    • Realizar vigilancia y control de las operaciones con las contrapartes para mantener condiciones seguras que prevengan la participación en actividades ilícitas LA/FT/FPADM.
    • Identificar y prevenir las condiciones que incidan o puedan incidir en la seguridad y salud en el trabajo.
    • Gestionar los aspectos ambientales para la prevención y mitigación de los impactos que generamos con nuestras actividades.
    • Asignar los recursos necesarios para la implementación del Sistema de Gestión Integral
    • Mejorar continuamente y controlar los riesgos que puedan impedir el cumplimiento de los objetivos organizacionales.
    Marzo de 2023
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    Nuestros Sistemas de Gestión

    Nuestros Sistemas de Gestión

    • Sistema de Gestión en Control y Seguridad BASC
    • Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo 
    • SAGRILAFT
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    Patente de Invención

    Patente de Invención

    Patente de Invención.

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    Política de Responsabilidad Social

    Política de Responsabilidad Social

    Desde la sostenibilidad como uno de nuestros compromisos organizacionales, nos enfocamos a ser una empresa socialmente responsable a nivel económico, ambiental y social; caracterizados por el respeto, honestidad, integridad y alegría; lo cual nos motiva a:
     
    • Prevenir el abuso laboral
    • Prevenir el trabajo forzoso
    • Prevenir el trabajo infantil
    • Brindar condiciones de seguridad y bienestar al personal
    • Conocer y cumplir los derechos humanos y el Código de Transparencia y Ética Empresarial
    • Asumimos un compromiso en la generación de valor a nuestras partes interesadas como actores fundamentales en la cadena de suministro.
    Marzo de 2023
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    Programa de Ética y Transparencia

    Programa de Ética y Transparencia

    1. OBJETIVO

    Establecer la política y los lineamientos de Transparencia y Ética que orienten las acciones desarrolladas en la misión de Especialidades Oftalmológicas S.A., en los diferentes niveles y cargos. 
     

    2. ASPECTOS GENERALES

    El Programa de transparencia y ética empresarial aplica a todo el equipo humano vinculado a la Empresa y a todas las partes relacionadas y grupos de interés, entendidos éstos como clientes, proveedores, empleados, contratistas, accionistas, y en general a todos aquellos con quienes directa o indirectamente se establezca alguna relación comercial, contractual o de cooperación con Especialidades Oftalmológicas S.A.
    El Programa de Transparencia y Ética empresarial tiene como propósito declarar públicamente el compromiso de la Empresa y la Alta Dirección con un actuar ético y transparente, conduciendo los negocios de una manera responsable, actuando bajo una filosofía de cero tolerancia con aquellos actos que contraríen nuestros principios corporativos. En este Programa se articulan la política y los lineamientos definidos por OPHTHA en el fortalecimiento de su gestión estratégica y de seguridad, tales como: Gestión del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, OD-080 Reglamento Interno de Trabajo, Valores Corporativos, Políticas Informáticas, Código de Ética y Buen Gobierno y demás políticas establecidas por la Empresa. 
     

    3. ROLES Y RESPONSABILIDADES

    - La Alta Dirección es responsable de:
    • La aprobación del Programa de Transparencia y Ética Empresarial.
    • Designar al Oficial de Ética.
    • Suministrar los recursos económicos, humanos y tecnológicos que éste requiera.
    • Definir y aprobar las políticas y mecanismos para la prevención del soborno y de otras prácticas corruptas al interior de la Empresa
    • Revisar los informes que presente el Oficial de Ética, dejando expresa constancia en la respectiva acta.
    • Ordenar las acciones pertinentes contra los altos directivos
     
    - Oficial de Ética es responsable de:
    La implementación y articulación del Programa de Transparencia y Ética Empresarial.
    Ejecutar toda la operación logística de investigación y el debido proceso.
    Coordinar y documentar los procesos investigativos.
    Evaluar los riesgosde soborno y corrupción.
    Coordinar las capacitaciones de los empleados sobre el material y proponer mejora de procesos.

    - Los empleados son responsables de:
    La prevención, detección y reporte del riesgo de fraude, soborno u otras conductas que afecten la transparencia. Esto incluye a todas las personas que tengan la calidad de jefes y supervisores.
    Promover a través del ejemplo una cultura de transparencia y ética en la cual el soborno, la corrupción y cualquier otro acto inapropiado sean considerados inaceptables.
    Reportar inmediatamente al oficial de ética, al Jefe directo o, si no es pertinente a través del Canal de Transparencia. Si es por medio del Jefe directo, éste debe reportarlo al Oficial de Ética dentro las 24 horas siguientes.
    En estos casos, el trabajador goza de las siguientes garantías:
    Confidencialidad sobre la información y las personas.
    Presunción de buena fe. Cuando un empleado reporta una conducta debe hacerlo con responsabilidad, se presume que lo hace de buena fe y con base en indicios o elementos reales

    - El Comité de Transparencia y Ética, como ente rector del Programa de transparencia y ética empresarial, es responsable de:
    Vigilar la correcta aplicación del programa
    Implementar los correctivos necesarios para garantizar una gestión acorde con los principios de la política.

    Los asuntos relacionados con aspectos de índole laboral sólo se deben gestionar por intermedio de la Dirección Administrativa quien a su criterio debe definir si es un asunto de competencia de Gestión Humana ó de otra instancia.

    Los casos que involucren potenciales conflictos de interés, deben ser direccionados de acuerdo con las instrucciones emitidas a través la Dirección Administrativa.
     

    4. DEFINICIONES

    - Alta Dirección: Son los cargos encargados de planear las estrategias, es decir, Gerente General y Miembros de Junta Directiva, vinculados o no laboralmente.
     
    - Canal de Transparencia: Es el medio por el cual, los empleados y demás partes
     
    de interés comunican de manera directa o anónima, presuntas conductas de soborno, corrupción u otras situaciones sospechosas
     
    - Circular externa 100-000003: Es la guía destinada a poner en marcha programas de ética empresarial para la prevención de las conductas previstas en el artículo 2° de la Ley 1778 de 2016. Emitida por la Superintendencia de Sociedades.
     
    - Debida diligencia: Es la revisión inicial y periódica que ha de hacerse sobre los aspectos legales, contables y financieros relacionados con un negocio o transacción nacional o internacional, cuyo propósito es identificar y evaluar los riesgos de soborno, corrupción y otros que pueden afectar a la Empresa, sus asociados de negocios.
     
    - Normas anticorrupción y antisoborno: Normas nacionales e internacionales contra la corrupción y el soborno.
     
    - Normas nacionales contra la corrupción: Es la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción) por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción o soborno y la efectividad del control de la gestión pública, así como sus decretos reglamentarios y las normas que la modifiquen, sustituyan o complementen. De la misma manera, se considera relevante la Ley 1778 de 2016 por medio de la cual se dictan normas sobre la responsabilidad de las personas jurídicas por actos de corrupción transnacional y así mismo se dictan disposiciones en materia de lucha contra la corrupción.
     
    - Oficial de Ética Empresarial: Es la persona natural designada por la Junta Directiva para liderar y administrar el Sistema de Administración de Riesgo de Soborno y Corrupción.
     
    - Pagos de facilitación: Modalidad indebida de realizar pagos a funcionarios del gobierno con el fin de asegurar, impulsar o acelerar trámites de carácter legal y rutinario en beneficio de la Empresa o de sus empleados.
     
    - Programa de Ética Empresarial: Son los lineamientos específicos a cargo del Oficial de Ética, encaminados a poner en funcionamiento las políticas de cumplimiento, con el fin de identificar, detectar, prevenir, gestionar y mitigar los riesgos de soborno, así como otros que se relacionen con cualquier acto de corrupción que pueda afectar a la Empresa.
     
    - Soborno: Es el acto de dar, ofrecer, prometer, solicitar o recibir cualquier dádiva o cosa de valor a cambio de un beneficio o cualquier otra contraprestación, o a cambio de realizar u omitir un acto inherente a una función pública o  privada,  con independencia de que la oferta, promesa, o solicitud es para uno mismo o para un tercero, o en nombre de esa persona o en nombre de un tercero.
     
    - Soborno transnacional: Es el acto en virtud del cual, la Empresa, por medio de sus empleados, altos directivos, accionistas o contratistas, da, ofrece o promete a un servidor público extranjero o nacional, de manera directa o indirecta: (i) sumas de dinero, (ii) objetos de valor pecuniario o (iii) cualquier beneficio o utilidad a cambio de que dicho servidor público realice, omita o retarde cualquier acto relacionado con sus funciones y en relación con un negocio o transacción internacional. Para el caso de este documento lo denominaremos soborno.

    5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

    5.1 PRESENTACIÓN Y CONTEXTO
    La gestión empresarial de OPHTHA se fundamenta en principios de Respeto, Honestidad, Integridad y Alegría. Bajo esta premisa fundamental, la Junta Directiva y la Gerencia General promueven por convicción entre sus empleados, clientes, proveedores y demás grupos de interés el mayor rigor y pulcritud en todos sus comportamientos, los cuales deben estar regidos e inspirados por los más altos estándares de la ética.
     
    El Programa de Transparencia y Ética Empresarial, el Reglamento Interno de Trabajo y el Sistema de Gestión Integral, contienen los instrumentos que deben servir de referencia para todas las acciones y comportamientos del equipo humano al servicio de OPHTHA. Estos lineamientos están definidos en busca de la prevención de aquellas potenciales conductas que no se ajusten a las normas internas y a la Ley, asegurando la transparencia y fidelidad en la información y salvaguardando la buena imagen y reputación de la Empresa.
     
    5.2 POLÍTICA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA
    El Programa de Transparencia y Ética Empresarial se establece bajo los lineamientos de la Misión, Visión, Política Integral, Valores Corporativos y los Principios, los cuales orientan las acciones a todo nivel de transparencia y legalidad. Los valores adicionales a los organizacionales relacionados con el Programa de Transparencia y Ética Empresarial son:
     
    - Principio de la legalidad: Todos los empleados están comprometidos con el cumplimiento de la Constitución y de las leyes colombianas, igualmente de las disposiciones y reglamentaciones que expidan las autoridades y las normas y políticas fijadas por OPHTHA.
     
    - Principio de la Lealtad: Todo empleado debe comunicar oportunamente a su jefe inmediato todo hecho o irregularidad cometida por parte de otro funcionario o de un tercero, que afecte o pueda lesionar los intereses de la Empresa, de sus clientes, accionistas y directivos. Si el empleado prefiere conservar en reserva su identificación para comunicar dicho hecho, puede hacerlo a través del Canal de Transparencia.
     
    - Principio del interés general y corporativo: Todas las acciones siempre deben estar regidas por el interés general y la gestión a todo nivel debe estar desprovista de cualquier interés personal. Las conductas transparentes están exentas de pagos o reconocimientos para obtener o retener negocios o conseguir una ventaja de negocios.
     
    De acuerdo con lo anterior, todos los empleados de OPTHA son responsables de la adecuada y correcta aplicación del Programa de Transparencia y Ética Empresarial y cuenta con todo el respaldo de la Alta Dirección para obrar de acuerdo con los principios declarados en el presente documento y en los demás del SGI.
     
    OPHTHA, acogiendo las buenas prácticas adopta la implementación de sistemas, procedimientos, protocolos y mecanismos de control y reporte, a través del Canal de Transparencia, entre otros, con el fin de asegurar la prevención, identificación y tratamiento de actos y conductas que se consideran ilícitas por carecer de transparencia.
     
    OPHTHA prohíbe cualquier tipo de soborno o acto de corrupción, y exige el cumplimiento de todas las Normas anticorrupción y antisoborno incluyendo la Circular Externa 100-000003 de 2016de la Superintendencia de Sociedades.
     
    Los principios y valores éticos se anteponen al logro de las metas de la empresa.
     
    Salvo para importaciones y exportaciones, donde no se disponga de la información completa del proveedor o el cliente que permita realizar el estudio de seguridad definido en el SGI, los empleados deben realizar la debida diligencia para conocer adecuadamente a los terceros, y en particular. Para ello deben aplicar lo establecido en el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo SAGRILAFT.

    6. LINEAMIENTOS PARA EL PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL

    Siendo coherentes con los principios de Transparencia y Ética, se implementa el Programa Corporativo para el aseguramiento de actos transparentes y legítimos, el cual tiene por objeto:
    - Promover y asegurar dentro de la Empresa la realización de conductas y actos ajustados a la normas legales e internas y las buenas costumbres.
    - Determinar el debido proceso con el objeto de identificar y establecer responsabilidades los grupos de interés en actos no transparentes.
     
    El programa tiene los siguientes elementos:
     
    - Integrar y coordinar el conjunto de acciones necesarias para prevenir y controlar
     
    potenciales situaciones de fraude, soborno y corrupción.
     
    - Generar un entorno de transparencia, integrando los diferentes sistemas desarrollados para la prevención y detección de acciones contrarias a la Ley y las normas internas, manteniendo canales adecuados para favorecer la comunicación de dichos asuntos en la Empresa.
     
    - Impulsar una cultura organizacional basada en el principio de la legalidad y la transparencia y en la aplicación de los principios elementales de ética y comportamiento responsable del equipo humano de la Empresa, independientemente de su nivel jerárquico.
     
    - Identificar, desarrollar e implementar procedimientos adecuados para la prevención, detección y tratamiento de conductas no ajustadas al ordenamiento jurídico en la Empresa, propendiendo por su mejoramiento continuo. La identificación y evaluación de los riesgos se debe realizar siguiendo la metodología y la política de riesgos definida por la Empresa.
     
    - Garantizar el debido proceso para gestionar, sobre la base del respeto a la dignidad de la persona y sus derechos, la investigación de todo presunto acto fraudulento, de soborno o corrupción, asegurando la confidencialidad en el manejo de la información y la proporcionalidad de las acciones correctivas. Las personas que denuncien de buena fe una violación al Programa de transparencia y ética empresarial, están protegidas contra cualquier tipo de represalia.
     

    7. MODALIDADES D E CORRUPCIÓN QUE VAN EN CONTRA DE LA TRANSPARENCIA Y LA ÉTICA EMPRESARIAL

    Para efectos del Programa la Transparencia y Ética, se entiende que  el  soborno y la corrupción es la voluntad de actuar deshonestamente a cambio de dinero o beneficios personales ocasionando daños, favoreciendo injustamente a pocos que abusan de su poder o de su posición. Esta no sólo crea una competencia desleal sino que limita la integridad de las personas.
     
    Las principales modalidades de corrupción que van en contravía del Programa de Transparencia y Ética empresarial, :
     
    7.1 CONFLICTO DE INTERESES
    Se entiende por conflicto de interés, cuando:
    - Existen intereses contrapuestos entre un empleado y los intereses de la Empresa, que pueden llevar a aquel a adoptar decisiones o a ejecutar actos que van en beneficio propio o de terceros y en detrimento de los intereses de la Empresa.
    - También ocurre cuando exista cualquier circunstancia que pueda restarle
     
    independencia, equidad u objetividad a la actuación de cualquier trabajador de la Empresa, y ello pueda ir en detrimento de los intereses de la misma.
     
    7.2 SOBORNO
    El soborno se puede describir como el dar o recibir por parte de una persona, algo de valor, por ejemplo dinero, regalos, préstamos, recompensas, favores, comisiones o entretenimiento, como una recompensa inapropiada para la obtención de negocios o cualquier otro beneficio. El soborno puede tener lugar desde la empresa hacia el sector público ó hacia el sector privado (por ejemplo, sobornar a un empleado de un cliente o proveedor). Los sobornos y las comisiones ilegales pueden, por lo tanto, incluir, más no estar limitados a:
     
    - Pagos, ya sea por parte de empleados o socios de negocios, tales como agentes, facilitadores o consultores.
    - Otros “favores” suministrados a funcionarios o servidores públicos, clientes o proveedores, tales como contratar con una compañía de propiedad de un miembro de la familia del funcionario público, del cliente o del proveedor.
     
    Es posible verse inmerso en una situación de soborno. Ante ésta, el Empleado debe rechazar la propuesta de manera contundente, y poner en conocimiento esta situación a través del Cana de de Transparencia o informar al Oficial de Ética Empresarial.
     
    7.3 CORRUPCIÓN
    Es todo hecho, tentativa u omisión deliberada para obtener un beneficio para sí o para terceros en detrimento de los principios organizacionales, independiente de los efectos financieros sobre las empresas. Son las acciones que se presenten bajo una de dos modalidades:
     
    - Interna: Aceptación de sobornos provenientes de terceros hacia empleados de la Empresa,con el fin de que sus decisiones, acciones u omisiones beneficien a ese tercero.
     
    - Corporativa: aceptación de sobornos provenientes de empleados de la Empresa hacia terceros de manera directa o a través de agentes; con el fin que las decisiones del tercero, sus acciones u omisiones beneficien a la Empresa, o un empleado de ella.
     
    7.4 FRAUDE
    Se entiende como el acto u omisión intencionada y diseñada para engañar, llevado a cabo por una o más personas con el fin de apropiarse, aprovecharse o hacerse a un bien ajeno - sea material o intangible - de forma indebida, en perjuicio de otra persona o de la Empresa.
     
    Con fundamento en lo anterior se considera de manera especial, que las siguientes conductas van contra la transparencia y la ética empresarial:
     
    - Alteración de información y documentos de la Empresa para obtener un beneficio particular.
    - Generación de reportes con base en información falsa o inexacta.
    - Uso indebido de información interna o confidencial (Propiedad intelectual, Informaciónprivilegiada, entre otras).
    - Conductas deliberadas en los procesos  de contratación  y  licitaciones  con  el  fin de obtenerdádivas
    - Destrucción u ocultamiento de información, registros o de activos.
    - Dar apariencia de legalidad a los recursos generados de actividades ilícitas.
    - Destinar recursos para financiación del terrorismo.
    - Utilización de manera indebida bienes de propiedad de la Empresa que estén bajo su custodia.
    - Fraude informático.
    - Cualquier irregularidad similar o relacionada con los hechos anteriormente descritos.
     
    7.5 INTERACCIÓN FRAUDULENTA CON FUNCIONARIOS O SERVIDORES PÚBLICOS
    Ningún empleado podrá solicitar en beneficio propio o de la Empresa, agilización, favorecimientos, omisiones, entre otros, en situaciones o asuntos que no cumplan a cabalidad los requisitos legales establecidos
     
    Ningún empleado de la Empresa debe solicitar, aceptar, ofrecer o suministrar regalos, entretenimiento, hospitalidad, ni viajes, ni patrocinios con el fin de inducir, apoyar o recompensar una conducta irregular, con relación a obtener cualquier negocio que involucren a la Empresa. Los regalos, gastos de entretenimiento u otras cortesías para beneficio de un funcionario o servidor público no son permitidos.
     
    7.6 NEGOCIACIONES CON AGENTES, INTERMEDIARIOS Y PAGOS DE FACILITACIÓN.
    En la Empresa no se deben utilizar intermediarios o terceras personas para que ellos realicen pagos inapropiados. Los pagos de facilitación (Pagos dados a un funcionario o persona de negocios para agilizar un trámite), están prohibidos. Dichos pagos no deben hacerse a funcionarios públicos, ni siquiera si son una práctica común en un país determinado.
     
    7.7 CONTRATOS O ACUERDOS CON TERCERAS PERSONAS
    Todos los contratos o acuerdos suscritos por la Empresa, deben contener cláusulas, declaraciones o garantías sobre conductas antisoborno y anticorrupción.
     
    Además de declarar y garantizar el cumplimiento de este Programa y las leyes y regulaciones anticorrupción aplicables, se debe incluir el derecho a terminar el contrato cuando ocurra una violación a este programa o cualquier ley o regulación anticorrupción aplicables.
     
    En cualquier caso, el responsable de la negociación debe asegurar que las cláusulas estén incluidas antes de la firma de los contratos o acuerdos, de no observarse deben de solicitarlas a la Gerencia General.
     
    7.8 DONACIONES Y CONTRIBUCIONES POLÍTICAS
    Todas las donaciones realizadas por la Empresa deben tener un fin lícito y autorizado por la Alta Dirección.

    8. REGISTROS CONTABLES

    La Empresa lleva y mantiene registros y cuentas que reflejan de forma exacta y precisa todas las transacciones realizadas. Los empleados de la Compañía no pueden cambiar, omitir o violar registros para ocultar actividades indebidas o que no indican correctamente la naturaleza de una transacción registrada.

    9. MECANISMO PARA REPORTAR: Canal de transparencia

    En su enfoque preventivo, Especialidades Oftalmológicas S.A. dispone de un Canal de Transparencia al cual todos los empleados y demás grupos de interés pueden comunicar dudas o necesidades de asesoría en relación con el cumplimiento del Programa de Transparencia y Ética empresarial, así como también para reportar conductas que se encuentren en cualquiera de las modalidades de soborno o corrupción. La consulta es recibida por detalle, garantizando la confidencialidad de la información y de la persona que la presenta protegiéndola contra cualquier tipo de represalia.
    Conceptos claves del canal de transparencia
    - No es una herramienta de quejas y reclamos, sino de reporte por conductas que van contra laTransparencia y Ética de la Empresa.
     
    - No es para sugerencias, ni atención de temas laborales, ni personales.
     
    - Debe ser utilizada con responsabilidad. Los hechos reportados deberían tener soportes o datos que lleven a conclusiones.
     

    10. ACCIONES CORRECTIVAS

    En los asuntos relacionados con empleados se debe proceder de acuerdo con las normas legales laborales y el reglamento interno de trabajo.
     
    Los proveedores deben cumplir con lo pactado contractualmente que regula las obligaciones y derechos de las partes y a las formas previstas legalmente para terminar el vínculo si fuere necesario.
     
    Autoridades Gubernamentales. Si fuere el caso, con la respectiva denuncia ante los entes de control competentes.
     

    11. DIVULGACIÓN Y CAPACITACIÓN

    La divulgación del Programa de transparencia y ética empresarial se realiza mediante la publicación en la página web de OPHTHA garantizando su acceso y conocimiento a todos los grupos de interés y está incluido en el Plan Anual de capacitación.
     

    12. FORMATOS, ARCHIVO Y CONSERVACIÓN

    El procedimiento de archivo y conservación de los documentos que estén relacionados con negocios o transacciones nacionales o internacionales, deben cumplir con el programa de gestión documental y las tablas de retención dispuestas por la Compañía.
     

    13. REFERENCIAS

    OD-080 Reglamento Interno de Trabajo Código de Ética y Buen Gobierno
    P-009 Procedimiento para la Selección, Contratación y Mantenimiento de condiciones de seg. de Personal
    OD-002 Direccionamiento Estratégico Circular externa de la Dian Nº 170
     

    14. ASPECTOS DE SEGUIRIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    No Aplica
     

    15. ASPECTOS AMBIENTALES

    No Aplica
     

    16. ANEXOS

    No Aplica
     
     
     
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